Código de conducta

Con nuestro Código de Conducta definimos unos requisitos mínimos de responsabilidad social, ecológica y ética para nuestra colaboración. Este Código de Conducta se aplica por igual a ambos socios. En caso de incumplimiento de estos principios, el otro socio está autorizado a poner fin a la colaboración.

Este Código de Conducta se basa en leyes y reglamentos nacionales, así como en convenios internacionales, entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, las Directrices sobre los Derechos del Niño y la Conducta Empresarial, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y las Normas Internacionales del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo.

General

  • Los efectos sociales y medioambientales negativos deben minimizarse y evitarse sistemáticamente. Los efectos positivos deben incrementarse.
  • Los socios reconocen y aplican las leyes y normativas nacionales e internacionales pertinentes en materia de salud, seguridad, trabajo, medio ambiente y lucha contra la corrupción.
  • Los socios también implican a sus empleados y partes interesadas en la aplicación de estos principios.
  • Los socios animan a sus proveedores y subcontratistas a seguir los mismos principios básicos.

Responsabilidad sociológica 

  • Los socios se comprometen a crear un entorno de trabajo seguro y saludable.
  • Los socios pagan a sus empleados al menos el salario mínimo legal nacional o los niveles mínimos superiores habituales en el sector. Respetan la normativa sobre jornada laboral, vacaciones anuales y días de enfermedad. Se prevén periodos de protección para las empleadas embarazadas.
  • Los socios prohíben toda forma de trabajo forzoso y de explotación del trabajo infantil.
  • Los socios se comprometen a proteger a los niños de la explotación sexual y la prostitución. No se tolerarán comportamientos sospechosos por parte de empleados, proveedores u otras personas del ámbito de influencia del socio contractual y se denunciarán como delito.
  • Las parejas rechazan la violencia física y psicológica, así como el acoso sexual.
  • Los socios no aceptan la discriminación por motivos de color de piel, origen étnico, sexo, religión, discapacidad, edad u orientación sexual.

Responsabilidad ecológica  

  • Los socios toman medidas para reducir su huella ecológica.
  • Los socios se esfuerzan por minimizar uso y el consumo de recursos durante durante la producción y la generación de residuos, incluidos el agua y la energía. El consumo de energía se controla con vistas a la eficiencia energética.

Responsabilidad ética

  • Los socios cumplen las normas de comercio leal, publicidad leal y competencia leal.
  • Los socios se comprometen a proteger la privacidad de socios, clientes y empleados y a cumplir las expectativas razonables en materia de protección de datos.
  • Deben respetarse los derechos de propiedad intelectual. La tecnología y los conocimientos se transfieren de forma que se protejan los derechos de propiedad intelectual y la información de los clientes.